La Justicia ha revertido varias decisiones del Ayuntamiento de Salamanca que obligaban al cierre de pisos turísticos. Los juzgados de lo Contencioso-Administrativo han estimado una veintena de recursos presentados por propietarios, al considerar que el Consistorio ha cambiado su postura sin adaptar antes la normativa urbanística vigente.
En concreto, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Salamanca ha censurado lo que considera un «giro de criterio» del Ayuntamiento, aludiendo al principio de seguridad jurídica y a la confianza legítima de los ciudadanos. Las resoluciones judiciales critican que, después de años de tolerancia, el Ayuntamiento pretenda limitar la actividad de las viviendas turísticas sin haber modificado previamente el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).
Los fallos judiciales cuestionan así la ordenanza municipal que restringe la ubicación de estas viviendas a plantas bajas y primeras de los edificios, aplicando criterios similares a los de los negocios hoteleros. Sin embargo, los jueces consideran que las viviendas de uso turístico no pueden equipararse a hoteles, pues mantienen un carácter esencialmente residencial, aunque se destinen a estancias temporales.
Hasta el momento, los tribunales han dado la razón a los propietarios en más de 15 ocasiones, permitiendo que al menos 20 apartamentos puedan volver a funcionar como alojamientos turísticos. Así lo han señalado tres abogados implicados en los recursos —Alfonso Hernández Hernández, Jesús García Martín Carballares y Consuelo de Vicente—, quienes prevén que estas sentencias marcarán un precedente.
Uno de los argumentos más reiterados en las resoluciones es que la Administración no puede actuar de forma contradictoria respecto a su comportamiento anterior. En este caso, el Ayuntamiento permitió durante años que estas viviendas operasen legalmente tras registrarse en el catálogo oficial de Turismo de Castilla y León, sin que fueran objeto de limitación urbanística.
Según los abogados, el propio Ayuntamiento aplicó recargos municipales específicos a estas viviendas en función de su uso turístico, lo que supone un reconocimiento implícito de su actividad. Por ello, las sentencias entienden que hay un «acto propio» con valor legal que impide ahora declarar ilegales estos usos sin antes modificar el marco urbanístico.
La administración local, por su parte, ha restado importancia al impacto de los fallos. El concejal de Fomento, Fernando Carabias, ha asegurado que el Consistorio está actuando con respaldo de sus servicios jurídicos y ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Algunas de las sentencias ya han sido apeladas.
Mientras tanto, también se espera una resolución sobre el recurso interpuesto por las asociaciones AVATCYL y AESVAT contra la ordenanza municipal que regula los apartamentos turísticos. El procedimiento se encuentra actualmente en fase de deliberación por parte del alto tribunal autonómico.
Desde el sector afectado, los abogados consideran que se está consolidando una jurisprudencia favorable a las viviendas turísticas en Salamanca, siempre que estén debidamente registradas. En su opinión, los tribunales están desestimando la calificación de uso terciario hotelero que el Ayuntamiento ha querido aplicar sin base normativa suficiente.
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El pulso judicial por los pisos turísticos en Salamanca: un debate entre legalidad urbanística y derechos adquiridos
El conflicto entre el Ayuntamiento de Salamanca y los propietarios de viviendas de uso turístico (VUT) ha alcanzado un nuevo capítulo con las recientes sentencias que anulan los cierres dictados por la administración local. Los tribunales de lo Contencioso-Administrativo han fallado en contra del Consistorio en al menos 15 ocasiones, respaldando la reapertura de una veintena de apartamentos y marcando un precedente importante en la regulación local de esta modalidad de alojamiento.
El origen de la controversia se encuentra en la aplicación de una nueva ordenanza municipal que restringe el uso turístico a determinadas zonas y alturas de los edificios, basándose en una interpretación del PGOU (Plan General de Ordenación Urbana) que asimila estas viviendas a establecimientos hoteleros. El Ayuntamiento defendió esta postura como una forma de preservar el carácter residencial del centro histórico y limitar la turistificación.
Sin embargo, los jueces han considerado que esta interpretación no está respaldada por una modificación formal del PGOU, lo que vulnera el principio de legalidad. Además, han subrayado que la administración no puede cambiar de criterio de forma unilateral sin atender a los derechos previamente adquiridos por los ciudadanos, especialmente cuando ha existido tolerancia prolongada.
La doctrina de los actos propios y la confianza legítima son los ejes centrales de estas resoluciones. Según los tribunales, el Ayuntamiento ha venido permitiendo desde 2007 el funcionamiento de pisos turísticos registrados en la Junta de Castilla y León, llegando incluso a aplicarles tasas específicas. Este comportamiento implica un reconocimiento tácito de legalidad, por lo que no puede ahora revertirse sin una justificación legal clara y sin modificar previamente el planeamiento urbanístico.
El caso ha sido ampliamente seguido por las asociaciones del sector, como AVATCYL y AESVAT, que consideran que las decisiones judiciales protegen un modelo de alojamiento que aporta ingresos al turismo local. Ambas organizaciones han recurrido la ordenanza municipal y esperan un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que pueda sentar jurisprudencia a nivel autonómico.
En paralelo, el Ayuntamiento ha defendido su actuación como necesaria para evitar los efectos negativos del turismo descontrolado, como la expulsión de vecinos de determinadas zonas y el aumento del precio de la vivienda. No obstante, la falta de previsión normativa ha sido uno de los puntos más criticados por los jueces, que consideran que los cambios de criterio deben ir acompañados de reformas legales, no de decisiones administrativas puntuales.
Este conflicto refleja una tensión creciente que afecta a muchas ciudades en España: cómo equilibrar la expansión del turismo con la protección de la vida vecinal y los derechos adquiridos. Salamanca, como otras urbes con gran atractivo patrimonial, busca regular este fenómeno sin criminalizar una actividad económica legal.
A la espera de nuevos fallos, los propietarios ven las sentencias como un respaldo importante y confían en que esta tendencia judicial continúe. El debate, no obstante, está lejos de terminar, y marcará el futuro urbanístico y económico de la ciudad en los próximos años.
